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Decreto N° 8.278, mediante el cual se exonera del pago del IVA, a las importaciones definitivas de los bienes muebles corporales, realizadas por los Órganos o Entes de la Administración Publica Nacional, destinados exclusivamente a la ejecución del Proyecto "Fortalecimiento del Sector Productivo Nacional".
Providencia Administrativa que regula la presentación de la declaración jurada de las inversiones efectuadas y el monto del Impuesto Sobre la Renta exonerado, provenientes de la explotación primaria de las actividades agrícolas, forestales, pecuarias, avícolas, pesqueras, acuícolas y piscícolas.
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